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El derecho constitucional a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, de que goza el trabajador (art. 14.1 LPRL) tiene su correlativo en el deber del empresario de «protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales», lo que implica la obligación de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio «en todos los aspectos relacionados con el trabajo… mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores…» (art. 14.2 LPRL).
Por otro lado, la transposición de la Directiva marco comunitaria núm. 89/391/CE, del Consejo, de 12 de junio de 1989, supuso el móvil originario de la puesta en marcha de una ordenación jurídica con carácter sistemático y unitario que encuentra en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (en adelante LPRL), su pilar básico, a la que a día de hoy acompaña toda una serie de disposiciones de carácter reglamentario, dictadas unas, en desarrollo de previsiones contenidas en la propia Ley, y otras, que la complementan y que transponen Directivas específicas sobre riesgos también específicos en el trabajo, así como medidas de acción preventiva al respecto. El marco normativo queda integrado por la intervención de la autonomía colectiva, en la medida en que el Convenio Colectivo se encuentra habilitado para desarrollar una función de mejora de los mínimos legales y reglamentarios existentes (artículo 2.2 LPRL).
La aprobación de la LPRL, vino a modular un cambio significativo en la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, no sólo por la ruptura con la tradicional inclusión de esta materia dentro del ámbito de la Seguridad Social, sino por el nuevo enfoque, centrado en las actividades orientadas a la prevención de riesgos laborales como centro de imputación normativo, tributario del ordenamiento comunitario. Novedad, que no estuvo exenta de críticas en la medida en que no significaba «una verdadera concepción ofensiva del deber de protección de la salud del trabajador, antes al contrario, suponía una línea continuista de la concepción tradicional basada en el alcance meramente defensivo de la protección de la seguridad y salud de los trabajadores» (ALARCÓN CARACUEL, 1996, pág. 106). Así, podemos decir que los casi catorce años de vigencia del nuevo marco normativo preventivo no han evitado una deficiente implantación del modelo de prevención en términos cuantitativos y una falta de integración en la empresa en términos cualitativos. El resultado ha sido la escasez de los frutos esperados y la generalizada frustración de las altas expectativas levantadas en términos de reducción —ni siquiera de estabilización— de las intolerables tasas de siniestralidad laboral (RAMOS QUINTANA, 2005. págs 197 y ss).
I. Introducción .
II. La integración del deber de prevención en la empresa .
2.1. La «externalización» de las actividades de prevención de riesgos laborales .
2.2. La obligación general de seguridad: de la máxima seguridad a la obligación general de seguridad integrada .
2.3. El limitado enfoque sistémico de la gestión preventiva en la LPRL .
III. El plan de prevención de riesgos laborales .
3.1. Contenido del PPRL .
IV. La evaluación de riesgos laborales .
4.1. Concepto de evaluación de riesgos laborales .
4.2. Naturaleza de la evaluación de los riesgos laborales .
4.3. Criterios de evaluación de los riesgos laborales .
4.4. Requisitos de la evaluación de riesgos laborales .
4.5. Características y elementos de la evaluación de los riesgos laborales .
4.5.1. Características .
4.5.2. Elementos .
4.6. Objetivos de la evaluación de riesgos laborales .
4.7. Fases de la evaluación de riesgos laborales .
4.7.1. Evaluación inicial de los riesgos .
4.7.2. Actualización de la evaluación de riesgos laborales .
4.7.3. Revisión de la evaluación de riesgos laborales .
4.8. Procedimiento de evaluación de los riesgos laborales .
4.9. Participación en la evaluación de los riesgos laborales .
4.9.1. Empresario .
4.9.2. Trabajadores .
4.9.3. Los servicios de prevención .
4.9.4. Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social .
4.9.5. La participación de «otros sujetos» en la evaluación de riesgos laborales .
4.10. Capacitación para la evaluación de los riesgos laborales .
4.11. Metodología para la evaluación de los riesgos laborales .
4.11.1. Gestión de los riesgos laborales .
4.11.2. Tipos de evaluación de riesgos laborales .
4.11.3. La documentación de la evaluación de riesgos laborales .
4.12. Colectivos específicos y evaluación .
4.12.1. Maternidad y evaluación de los riesgos laborales .
4.12.2. Menores y evaluación de los riesgos laborales .
4.12.3. Trabajadores temporales o de duración determinada y evaluación de los riesgos laborales .
V. La planificación de la actividad preventiva en la empresa .
5.1. Contenido de la planificación preventiva .
5.2. Elaboración de la planificación .
5.3. Revisión de la planificación .
5.4. Documentación de la planificación .
VI. La participación de los trabajadores como clave de la integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa .
6.1. Un nuevo modelo: Seguridad Integrada y Seguridad Participada .
6.2. Previsiones legales sobre la participación de los trabajadores en la actividad preventiva de la empresa .
6.3. La negociación colectiva como instrumento básico de participación e integración de la actividad preventiva .
6.4. El marco normativo: el cuadro de relaciones ley-convenio colectivo en materia de prevención .
6.5. Valoración final y líneas de futuro .
VII. Especialidades de la actividad preventiva .
7.1. Prevención de riesgos laborales en obras de construcción .
7.2. Prevención de riesgos laborales en actividades mineras .
7.3. Prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas .
VIII. El control externo de la eficacia del sistema preventivo: la auditoria de los sistemas de prevención de riesgos laborales .
IX. Régimen de responsabilidades administrativas y sanciones .
Editorial: Comares
ISBN: 9788498365795
Idioma: Español
Encuadernación: Rústica