Para este trabajo, se parte de la hipótesis de que en la actualidad y aun teniendo vigente un marco normativo al respecto de la inclusión educativa, no hay demasiada claridad acerca de la práctica concreta y diaria del MAI, lo cual propicia la construcción de imaginarios acerca de las funciones que debería cumplir. Estos se comienzan a gestar durante la formación profesional de los profesores/as de educación especial, lo que vuelve interesante la posibilidad de profundizar en ellos.
Resumen
Este trabajo presenta los resultados preliminares de una investigación llevada a cabo en el marco del Proyecto de Investigación Consolidado: “Inclusión de personas con discapacidad. Accesibilidad. Interrelaciones entre salud y educación”, perteneciente a la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Nacional de San Luis, Argentina
La misma pretende conocer los imaginarios sobre el rol del Maestro de Apoyo a la Inclusión (MAI) que poseen los estudiantes del Profesorado en Educación Especial de la Facultad de Ciencias Humanas, Universidad Nacional de San Luis. También se busca conocer y analizar lo que saben estos estudiantes sobre las normativas vigentes en materia de educación y más específicamente de educación inclusiva.
Esta investigación está guiada por una lógica cualitativa y toma como sujetos a estudiantes que están cursando el último año de la carrera.
Como se trata de una investigación que se está realizando en la actualidad, no se podría hablar de conclusiones. En este sentido, los datos recabados han ido mostrando algunas ideas que los estudiantes tienen sobre la educación inclusiva, el rol del MAI en escuelas de nivel y el conocimiento de las normativas, sobre todo de la resolución 270/21.
Palabras claves
Inclusión educativa, Maestro/a de Apoyo a la Inclusión, Normativas vigentes.
Justificación del objeto de estudio
Este trabajo da cuenta de una investigación en proceso, con la intención de presentar resultados preliminares. La misma se encuentra enmarcada en una pasantía de investigación realizada en el Proyecto de Investigación Consolidado: “Inclusión de Personas con Discapacidad. Accesibilidad. Interrelaciones entre Salud y Educación”.
Para este trabajo, se parte de la hipótesis de que en la actualidad y aun teniendo vigente un marco normativo al respecto de la inclusión educativa, no hay demasiada claridad acerca de la práctica concreta y diaria del MAI, lo cual propicia la construcción de imaginarios acerca de las funciones que debería cumplir. Estos se comienzan a gestar durante la formación profesional de los profesores/as de educación especial, lo que vuelve interesante la posibilidad de profundizar en ellos.
En este sentido, el interés que ha movilizado profundizar en esta temática, es la posibilidad no solo de generar conocimiento, sino también de hacer un aporte que ayude a realizar cambios o crear instancias de reflexión sobre el rol del MAI y sobre la necesidad de conocer en profundidad las normativas vigentes, para de esta manera garantizar los derechos de los estudiantes con discapacidad que transitan procesos de inclusión educativa.
Desarrollo
En nuestro país se pueden evidenciar diferentes marcos normativos que hacen referencia a los procesos de inclusión educativa de estudiantes con discapacidad, ya que dicho proceso requiere la aplicación de conceptos, lineamientos y recursos humanos y de contexto para que la construcción de aprendizajes sea un hecho concreto. Es por esta razón que ha sido necesaria la elaboración de resoluciones y otras legislaciones.
Uno de los escritos que defiende los principios de la educación inclusiva es la Declaración de Salamanca (UNESCO, 1994). En este documento político se expresa que todos los/las alumnos/as tienen el derecho a desarrollarse de acuerdo a sus potencialidades y a desplegar las competencias que les permitan participar en sociedad. Aquí el lugar del sistema educativo es primordial, ya que tiene la responsabilidad de ofrecer educación de calidad para todos/as los/las estudiantes.
También en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006) en su artículo 24 expresa que: “Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los estados partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida”.
Sobre esto, Pérez Bello (2015) establece una relación entre la educación inclusiva y el modelo social. El menciona que se cambia la mirada y en lugar de tener un enfoque centrado en la persona y su normalización, se aborda la estructura social implicada y la identificación de barreras, es decir el sistema educativo y las prácticas que se desarrollan en él.
En este sentido, en la actualidad los procesos de inclusión de estudiantes con discapacidad, están requiriendo la participación de un/una MAI que pueda sostener y acompañar la trayectoria educativa, en el ámbito áulico. Esta denominación surge a partir de lo planteado por la Ley 24901 (1997) que pertenece al ámbito de la salud. Dicha Ley propone un sistema de prestaciones a favor de la personas con discapacidad que debe contar con una cobertura integral por parte de las obras sociales, prepagas u organismos del Estado. En ella, una de las prestaciones nomencladas es el “Módulo de maestro de apoyo” en donde se inscribe la función del MAI. Vale aclarar que la figura del MAI es la de un profesional de la educación especial, externo a la institución educativa y sin una relación de dependencia para con la misma, pero que al mismo tiempo al tener que estar inserto en ella, debe cumplir con los lineamientos establecidos por la escuela.
En la Ley mencionada no se especifica qué roles incluye esta prestación, lo cual lleva a que se construyan imaginarios y prácticas por parte de la comunidad educativa y los mismos profesores que desempeñan estas tareas.
Por otro lado, el Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones, resolución 1328/2006 del Ministerio de Salud de Argentina, solo ofrece información acerca de los servicios educativos de apoyo: “Estas prestaciones podrán ofrecerse desde los equipos ya constituidos en el ámbito educativo (...) El equipo de apoyo técnico especializado podrá pertenecer a una escuela especial o actuar independientemente, capacitado para tal fin, deberá articular y coordinar su accionar, con el equipo docente, profesional de la escuela común donde el niño concurra y contar con los recursos materiales específicos necesarios (...)”.
En cuanto a las resoluciones del Consejo Federal de Educación, está la 155 del año 2011 que se refiere a la modalidad de educación especial y lo que se entiende por inclusión e integración promoviendo todas las acciones y configuraciones de apoyo necesarias para llevar adelante la integración educativa.
Por otro lado, la resolución 174 del año 2012 aborda las “Pautas federales para el mejoramiento de la enseñanza y el aprendizaje y las trayectorias escolares, en el nivel inicial, nivel primario y modalidades, y su regulación”.
En cuanto a la Resolución 311/16 sobre promoción, acreditación, certificación y titulación de estudiantes con discapacidad, establece que el sistema educativo asegurará el apoyo necesario de trayectorias escolares de estudiantes con discapacidad en un trabajo responsable y coordinado de las distintas modalidades en los términos de la convención en cuanto a ajustes, configuraciones de apoyo, herramientas etc. Sin embargo, tampoco especifica el rol que debería cumplir el MAI.
Como se puede apreciar, el marco normativo es amplio y por ende nos enfrentamos a la necesidad de estudiarlo en profundidad, al igual que su impacto en las instituciones.
En los últimos años, también se han gestado resoluciones en la provincia de San Luis, que abordan específicamente el proceso de inclusión de estudiantes con discapacidad. Al respecto, una de ellas y sobre la que se pretende basar esta investigación, es la 270 del año 2021, que sigue los lineamientos de la resolución del CFE 311/16. La misma posee varios anexos, uno de ellos sobre la confección del Proyecto Pedagógico Individual para la Inclusión (PPI). En este sentido, dicha resolución adquiere una gran importancia no solo para los profesionales que ya están trabajando como MAI sino también para los que se están formando. Ante esto, resulta prioritario el conocimiento que estos estudiantes puedan construir durante el transcurso de sus trayectorias educativas, sobre los aspectos más importantes de dicha resolución que le dará un marco a su función.
Dicha resolución, ofrece un poco más de claridad al rol del MAI, al mencionar su función en la confección del PPI, acompañando al docente de nivel en el proceso, pero que no será el único responsable del mismo.
Sin embargo, no se encuentra una normativa que específicamente exprese el rol o función del MAI. En la práctica se reconoce que este profesional será el encargado de apoyar y sostener la trayectoria escolar del estudiante con discapacidad pero no en solitario, sino en un trabajo mancomunado con el docente del aula. En este sentido se desprende que la comunicación será un factor clave para esta articulación en la tarea diaria, estableciendo diferentes acuerdos pedagógicos con el propósito de identificar Barreras para el Aprendizaje y la Participación (BAP) y planificando estrategias para eliminarlas. En este sentido, se considera la importancia de conocer los límites de los roles de cada docente involucrado en los procesos de inclusión, sobre todo teniendo en cuenta que la prestación del MAI surge del ámbito de la salud y no de educación.
Cuando se habla de BAP se hace referencia a todo aquello que pueda restringir, limitar, vulnerar, obstaculizar la participación plena de una persona con discapacidad. Cobeñas y Grimaldi (2021) mencionan que las BAP en el ámbito educativo son aquellos recursos, una concepción o posición, la forma de organizar tiempos, espacios, las decisiones metodológicas, las formas de comunicación, etc. que restrinjan o impidan el ejercicio del derecho a la educación. Es decir, que son propias del sistema educativo y vulneran el acceso pleno, por lo tanto el trabajo conjunto de MAI y docente de aula, debe apuntar a garantizar accesibilidad al eliminar las BAP, para asegurar de esta manera la construcción de conocimientos del estudiante y una trayectoria educativa integral.
Objetivos
Metodología
Esta investigación estuvo guiada por una lógica cualitativa, a partir de la cual, se buscó comprender y analizar los conocimientos e ideas de estudiantes universitarios de la Universidad Nacional de San Luis, de la carrera de Educación Especial, próximos a graduarse, sobre el rol del MAI en relación a lo establecido por las normativas vigentes, sobre todo la resolución provincial 270/21.
Los datos preliminares recabados, han posibilitado un análisis de lo que expresan estos sujetos prontos o ya insertos en el mundo de la educación profesional, para la elaboración de una conclusión general en un documento formal.
Cabe aclarar que esta investigación sigue en curso y que lo presentado en este escrito, es solo una primera parte del análisis realizado.
Técnica de recolección de datos
La técnica de recolección de datos utilizada fue una entrevista estructurada con cuestionario. Presentó una guía con preguntas preestablecidas que eran de carácter abierto, es decir, que los/as estudiantes podían responder libremente y con sus propias palabras con el fin de que pudieran proporcionar información de tipo cualitativo, que les permita expresar sus propias explicaciones y justificaciones con respecto al tema.
La entrevista se planteó de manera individual, es decir que se envió un mismo instrumento para cada uno/a de los/as estudiantes, de manera virtual.
Sujetos de la investigación
La muestra seleccionada fueron estudiantes avanzados, que se encuentran cursando el último año de la carrera Profesorado en Educación Especial de la Universidad Nacional de San Luis, Argentina. Dichos estudiantes están próximos a recibirse, con amplia formación teórica y práctica que podría dar cuenta de conocimientos en relación a la temática.