Durante años, científicos holguineros estudian las característica de la Ataxia Hereditaria en Cuba, por su alta prevalencia en Holguín. Las investigaciones indican que en la Isla, 757 personas están enfermas, de las cuales 434 son holguineros, para una tasa de 42 casos por cada cien mil habitantes.
El último estudio epidemiológico realizado en el país refleja que unos siete mil descendientes están en riesgo de enfermar. De ahí el programa nacional que se impulsa, del que Holguín es rector.
Esta enfermedad existe en otras partes del mundo pero la prevalencia es de uno a cinco casos por cada cien mil habitantes. Los estudios demuestran que se introdujo en Cuba durante la Conquista y la Colonización. La Ataxia Hereditaria es una enfermedad neurodegenerativa que afecta el equilibrio, la marcha y el lenguaje, por lo que para atenuar sus efectos, equipos multidisciplinarios llevan a cabo programas asistenciales y de rehabilitación integral.
Especialistas de Medicina, Neurología, Defectología, Logopedia, Neurofisiología, Psiquiatría y Sicología, entre otros tienen a su cargo elevar la calidad de vida de estas personas.
La Clínica Cubana de la Ataxia Hereditaria, encalvada en Holguín, atiende a los enfermos de todo el país. Se ha convertido en un centro de investigación donde realiza diagnóstico de gran importancia para evitar la propagación de la enfermedad y para detectar precozmente las personas que pueden enfermar. El diagnóstico presintomático, por ejemplo, permite conocer el estatus genético de cada individuo en riesgo o de sus descendientes, mientras que el diagnóstico prenatal proporciona el conocimiento del gen mutado inútero, es decir antes del nacimiento, lo que brinda la opción a los padres de detener el embarazo en los casos positivos.
Por toda esta labor científico-asistencial, La Clínica Cubana de la Ataxia Hereditaria ha obtenido importantes distinciones. Entre ellos, Premio Anual de la Salud, Premio de la Academia de Ciencias de Cuba y Premio del Forum Nacional de Ciencia y Técnica.
Fuente: Aldia.cu
19/07/2004