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La apariencia física deben ser motivos explícitos de discriminación

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha propuesto cambios en el anteproyecto de la Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, en el trámite de consulta abierto por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

El Cermi recalca que la exposición de motivos del anteproyecto de ley debe incidir en la relevancia de la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ya que considera que "apenas se cita y sólo tangencialmente".

Entre las propuestas que realiza destaca que tanto la obesidad como la apariencia física deben insertarse como motivos explícitos de discriminación, debido a su relevancia e impacto social; y que la ley se debe aplicar en todos los ámbitos de la vida, tanto "civil, política, económica, cultural y social".

Asimismo, propone que debe aplicarse "con carácter supletorio" en relación a la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (Liondau), "con el objetivo de clarificar el complejo régimen jurídico de concurrencia entre leyes de igualdad en el caso de las discriminaciones por razón de discapacidad".

También considera necesario complementar los supuestos de vulneración de derechos, incluyendo tanto las acciones de discriminar como las omisiones; así como que el derecho de los titulares de establecimientos públicos o de concurrencia pública a permitir el acceso a los mismos "nunca podrá fundamentarse en una discriminación prohibida".

EDUCACIÓN

Con respecto a la educación, el Cermi considera que la discapacidad es "precisamente una de las situaciones que presentan con mayor intensidad necesidades de apoyo y puede ir acompañada de porcentajes elevados de absentismo escolar". Por otra parte, en relación a la atención sanitaria, la discapacidad sería otro motivo de discriminación, por lo que incluirla refuerza el acceso de las personas con discapacidad a ciertos tratamientos y garantiza las debidas condiciones de accesibilidad, entre otros.

Además, hace referencia a las infracciones relativas al trato discriminatorio y opina que "no hay que limitarlo a infracciones penales", sino que "es importante conocer las infracciones en otras materias", ya que "no toda vulneración de derechos es infracción penal".

Por último, plantea, entre otras propuestas, la elaboración de un informe sobre las principales y más graves violaciones a los derechos de igualdad de trato y no discriminación, con el objetivo de promover las reformas normativas necesarias, al tiempo que considera que la mejor aplicación de esta ley se adaptaría al principio de accesibilidad universal de todas las personas



http://solidaridaddigital.discapnet.es
28/02/2011

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