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Los niños sordos tendrán facilidades en Educación Vial en Argentina

Paradojas las hay en todas partes: una persona con discapacidad auditiva, o incluso con la totalidad de la audición perdida puede conseguir el carné de conducir, aunque no puede seguir los cursos de seguridad vial obligatorios. Eso es lo que pasa en la provincia argentina de Buenos Aires, aunque es probable que por poco tiempo. El Control Urbano de Municipalidad de La Plata ha dispuesto que comiencen a darse las clases obligatorias en colegios especiales, y desde principios de noviembre, se darán en lenguaje de signos.

Y es que la ley argentina, al igual que la española, permite que una persona con sordera o hipoacusia (audición disminuida) pueda sacarse el carné de conducir. Por este motivo, y con ánimo de mejorar la integración de los niños con esta discapacidad, que en algún momento de su vida pueden querer acceder al la licencia de conducir, el organismo argentino ha dispuesto que, en primer lugar, los estudiantes puedan visitar las instalaciones de Tráfico, al mismo tiempo que los inspectores del organismo visitan los colegios especiales.

Desde principios de noviembre, las clases de los niños sordos las darán profesores que conozcan el lenguaje de signos, para facilitar su seguimiento. La idea, según el responsable de la iniciativa, no es segregar a los estudiantes discapacitados, sino que las lecciones sean dadas en lenguaje verbal y lenguaje de signos a la vez, por dos profesores.

Argentina establece cursos de educación vial obligatorios para los niños, con una duración de una hora y media diaria durante una semana. En España las clases de educación vial no son obligatorias para los niños, aunque entrarán dentro del programa de Educación para la Ciudadanía, una vez que esta asignatura comience a impartirse de forma regular.

En cuanto a los adultos, el actual Reglamento de Conductores establece que, para obtener o prorrogar el permiso de conducir para el grupo 1.o (en el que se incluye el carné de motocicletas o de vehículo ordinario) ‘las hipoacusias, con o sin audífono, de más del 45% de pérdida combinada entre los dos oídos obtenido el índice de esta pérdida realizando audimetría tonal, impiden la obtención o prórroga del permiso o licencia’.

Por otro lado, en el apartado de ‘adaptaciones, restricciones y otras limitaciones en personas, vehículos o de circulación en permiso o licencia sujetos a condiciones restrictivas’, dicho reglamento establece que ‘los afectados de hipoacusia con pérdida combinada de más del 45% (con o sin audífono) deberán llevar espejo retrovisor exterior a ambos lados del vehículo e interior panorámico’.

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12/10/2007

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