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El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Ourense ha estimado en parte el recurso presentado por D. en nombre de su hijo menor A. contra la desestimación de su reclamación de una indemnización de 554.780 euros al Sergas y a su aseguradora Zurich por los daños derivados de un diagnóstico erróneo -al niño se le intervino por una sordera cuando lo que padecía era autismo-. Tendrán que pagar 150.000 euros al menor, que tras ser diagnosticado de sordera siendo un bebé, se le vació un oído y se le implantó un aparato coclear en sendas intervenciones –en 2004 y 2005, cuando el paciente tenía apenas dos años– que el niño rechazó de manera reiterada.
Posteriormente, en 2006, una profesora del menor en Mariñamansa, especialista en audición, intuyó que el menor oía. El Sergas lo remitió entonces a un centro de Barcelona, donde se certificó que era autista. Sanidade esgrimió en su momento que "los padres de A. acudieron al complexo hospitalario de Vigo con pruebas realizadas en centros privados con diagnóstico definitivo de sordera". Discreparon de la cantidad reclamada, 554.780 euros, por "desproporcionada".
El Contencioso destaca en la sentencia que "resulta indubitativo que el menor padece el síndrome del espectro autista", una patología que "no se adquiere con la edad, sino que es congénita, aunque sus síntomas más evidentes pueden tardar en manifestarse", añade la sentencia. Por otra parte, considera también probado que "A. no padece la sordera incurable que le fue diagnosticada en 2004 bajo la cobertura del Sergas".
En base a todo ello, concluye que "el servicio sanitario falló en su diagnóstico y ese fallo (con el consiguiente daño producido) se podría haber evitado" por lo que deberá pagar 150.000 euros.
Voz Galicia
15/07/2018